22. (JURISPRUDENCIA POR REITERACIÓN) TSA/J/II/2022, RECURSO DE REVISIÓN EN MATERIA AGRARIA. IMPROCEDENCIA DEL, CUANDO NO SE COLMA UNO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 198 DE LA LEY AGRARIA, DEBE DECLARARSE IMPROCEDENTE, SIN RESULTAR NECESARIO EL ESTUDIO DE LOS RESTANTES.

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JURISPRUDENCIA POR REITERACIÓN TSA/J/II/2022

Publicado: Boletín Judicial Agrario #325 Tomo II, agosto 2022

(JURISPRUDENCIA POR REITERACIÓN) TSA/J/II/2022, de título: RECURSO DE REVISIÓN EN MATERIA AGRARIA. IMPROCEDENCIA DEL, CUANDO NO SE COLMA UNO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 198 DE LA LEY AGRARIA, DEBE DECLARARSE IMPROCEDENTE, SIN RESULTAR NECESARIO EL ESTUDIO DE LOS RESTANTES.

De una interpretación armónica de los artículos 9º de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y 198 de la Ley Agraria, se desprende que el Tribunal Superior Agrario es competente para conocer del recurso de revisión en los siguientes supuestos: I. Cuando se interpone en contra de las sentencias dictadas por los Tribunales Unitarios en juicios que se refieran a conflictos de límites de tierras, suscitados entre dos o más núcleos de población ejidales o comunales, o de uno o varios grupos de población con uno o varios pequeños propietarios, sociedades o asociaciones; ll. Cuando se interpone en contra de sentencias de los tribunales unitarios relativas a la acción de restitución de tierras de núcleos de población ejidal o comunal, y lll. Cuando se interpone contra sentencias dictadas en juicios de nulidad de resoluciones emitidas por autoridades agrarias; de ahí que el medio de defensa solo resultará procedente en contra de sentencias cuya litis involucrada se haya referido a alguna de las mencionadas acciones. Por otra parte, el artículo 199 de la mencionada ley agraria, establece que la revisión debe presentarse por parte legítima ante el tribunal que haya pronunciado la resolución recurrida, dentro de un término de diez días posteriores a la notificación de la resolución y que, para su interposición, bastará un simple escrito que exprese los agravios. De dichos preceptos legales se desprende que deben satisfacerse, a saber, tres elementos o requisitos de procedencia para el recurso de revisión en materia agraria: a) que sea interpuesto en contra de una sentencia de los tribunales agrarios resuelta en primera instancia (elemento procesal); y que la litis resuelta se haya referido a cualquiera de las acciones previstas en las fracciones l, ll y lll del artículo 198 de la Ley Agraria (elemento material); b) que sea interpuesto por parte legítima (elemento personal); y, c) que sea interpuesto ante el tribunal que haya pronunciado la resolución combatida, dentro del término de diez días posteriores a que surta efectos su notificación (elemento temporal o de oportunidad); lo anterior, siguiendo el orden teleológico de dichos preceptos legales.

En consecuencia, si al resolverse el recurso de revisión es advertido por el Tribunal Superior Agrario que no se colma alguno de los requisitos de procedencia en el orden referido, por cuestión de técnica jurídica debe considerarse que el recurso de revisión resulta ser improcedente y, por consecuencia, devendrá innecesario el estudio para determinar la acreditación de los restantes requisitos; ya que a nada práctico conduciría, porque se estaría al mismo resultado.

Recurso de revisión 193/2021-15. Juicio agrario 100/2014. San José Tateposco, Tlaquepaque, Jalisco. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 15, con sede en Guadalajara, Jalisco. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 16 de junio de 2021, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrado Ponente: Alberto Pérez Gasca. Secretario Licenciado Jesús Gómez González.

Recurso de revisión 333/2021-43. Juicio agrario 769/2019. Ricardo Flores Magón, Altamira, Tamaulipas. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, con sede en Tampico, Tamaulipas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 22 de septiembre de 2021, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Supernumeraria, en funciones de Numeraria Ponente: Carmen Laura López Almaraz. Secretaria: Martha Italia Pimentel Torres.

Recurso de revisión 303/2021-7. Juicio agrario 485/2019. San José de Tuitan, Nombre de Dios, Durango. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 7, con sede en Durango, Durango. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 17 de noviembre de 2021, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Lucía Galindo Medina.

Recurso de revisión 451/2021-1. Juicio agrario 1620/2019. N.C.P.A. El Vergel, Mazapil, Zacatecas. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 1, con sede en Guadalupe, Zacatecas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 8 de diciembre de 2021, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Fernanda Godínez López.

Recurso de revisión 465/2021-28. Juicio agrario 464/2013. La Quema, Yecora, Sonora. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 28, con sede en Hermosillo, Sonora. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 14 de diciembre de 2021, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrado Ponente: Alberto Pérez Gasca. Secretario: José Luis Espejo Vázquez.

Recurso de revisión 414/2021-22. Juicio agrario 2020/2016. Comunidad San Juan Cotzocón, San Juan Cotzocón, Oaxaca. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 22, con sede en Tuxtepec, Oaxaca. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 12 de enero de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretario: Juan Carlos Magos Hernández.

Recurso de revisión 429/2021-04. Juicio agrario 658/2019. Nueva Victoria, Huehuetán, Chiapas. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 4, con sede en Tapachula, Chiapas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 12 de enero de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Lucía Galindo Medina.

Recurso de revisión 221/2019-30. Juicio agrario 489/2014. N.C.P.E Profesor Baltazar Díaz Bazán II, Reynosa, Tamaulipas. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 30, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 9 de febrero de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrado Ponente: Alberto Pérez Gasca. Secretario: José Luis Espejo Vázquez.

Recurso de revisión 3/2022-43. Juicio agrario 727/2018-43 y su conexo 1018/2018-43. El Chino, Tamasopo, San Luis Potosí. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, con sede en Tampico, Tamaulipas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 23 de febrero de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Lucía Galindo Medina.

Recurso de revisión 20/2022-27. Juicio agrario 701/2016. La Brecha, Número 2, Guasave, Sinaloa. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 27, con sede en Guasave, Sinaloa. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 23 de febrero de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretario: Carlos Alberto Durán Rojano.

Recurso de revisión 497/2021-25. Juicio agrario 648/2005. Puente del Carmen, Río Verde, San Luis Potosí. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 25, con sede en San Luis Potosí, San Luis Potosí. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 9 de marzo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Supernumeraria, en funciones de Numeraria Ponente: Carmen Laura López Almaraz. Secretario: Edwin Zazueta Larios.

Recurso de revisión 500/2021-22. Juicio agrario 812/2014. Vega de Sol, Santa María Jacatepec, Oaxaca. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 22, con sede en Tuxtepec, Oaxaca. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 23 de marzo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretario: Marco Antonio Olallo Lima.

Recurso de revisión 501/2021-22. Juicio agrario 44/2013. Vega de Sol, Santa María Jacatepec, Oaxaca. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 22, con sede en Tuxtepec, Oaxaca. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 23 de marzo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrado Ponente: Alberto Pérez Gasca. Secretario: Jesús Gómez González.

Recurso de revisión 141/2022-27. Juicio agrario 796/2016. Las Moras, Guasave, Sinaloa. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 27, con sede en Guasave, Sinaloa. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 30 de marzo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 145/2022-36. Juicio agrario 59/2019. Quetzería, Huetamo, Michoacán. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 36, con sede en Morelia, Michoacán. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 30 de marzo de 2022, por unanimidad de cuatro votos. Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 149/2022-20. Juicio agrario 1881/2006. Comunidad La Trinidad, Aramberri, Nuevo León. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 20, con sede en Monterrey, Nuevo León. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 6 de abril de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Lucía Galindo Medina.

Recurso de revisión 177/2022-18. Juicio agrario 62/2021. Huitzilac, Huitzilac, Morelos. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 18, con sede en Cuernavaca, Morelos. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada vía remota el 6 de abril de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 202/2022-47. Juicio agrario 4/2022. Santo Domingo Chapultepec, Tepexi de Rodríguez, Puebla. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 47, con sede en Puebla, Puebla. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 20 de abril de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 210/2022-45. Juicio agrario 129/2017. Coronel Estebán Cantú, Ensenada, Baja California. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 45, con sede en Ensenada, Baja California. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 4 de mayo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 221/2022-7. Juicio agrario 630/2015. Santa María de Ocotán y Xoconostle, El Mezquital, Durango. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 7, con sede en Durango, Durango. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 11 de mayo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 223/2022-12. Juicio agrario 1186/2006. Colombia de Guadalupe, Malinaltepec, Guerrero. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 12, con sede en Chilpancingo, Guerrero. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 11 de mayo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 203/2022-43. Juicio agrario 895/2017-43. N.C.P.E. Los Dorados, González, Tamaulipas. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, con sede en Tampico, Tamaulipas. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 18 de mayo de 2022, por unanimidad de tres votos.

Magistrada Ponente: Claudia Dinorah Velázquez González. Secretaria: Lucía Galindo Medina.

Recurso de revisión 229/2022-10. Juicio agrario 992/2017. Nicolás Romero, Nicolás Romero, México. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 10, con sede en Tlalnepantla, Estado de México. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 18 de mayo de 2022, por unanimidad de tres votos.

Secretaría General de Acuerdos.

Recurso de revisión 207/2020-7. Juicio agrario 499/2015. San Pedro el Epazote, Canatlán, Durango. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 7, con sede en Durango, Estado de Durango. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 25 de mayo de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Magistrado Ponente: Alberto Pérez Gasca. Secretario: José Luis Espejo Vázquez.

Recurso de revisión 273/2022-47. Juicio agrario 379/2008. San Lorenzo Teotipilco, Tehuacán, Puebla. Tribunal Unitario Agrario del Distrito 47, con sede en Puebla, Puebla. Sentencia aprobada en sesión plenaria jurisdiccional celebrada el 15 de junio de 2022, por unanimidad de cuatro votos.

Secretaría General de Acuerdos.