Cambia competencia territorial de los TUA9 y TUA10, para equilibrar cargas de trabajo e impulsar una justicia agraria pronta y expedita

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CIUDAD DE MÉXICO. El Pleno del Tribunal Superior Agrario (TSA) aprobó el cambio de competencia territorial de tres Tribunales Unitarios Agrarios (TUA), por el cual el TUA 8, con sede en la Ciudad de México, atenderá los asuntos en trámite de los municipios Ocoyoacac, Xalatlaco y Lerma, que se desahogaban en el TUA 9 con sede en Toluca, y los de los Huixquilucan y Naucalpan, antes en el TUA10 ubicado en Tlalnepantla.

“Con el propósito de que la labor de los Tribunales Unitarios Agrarios cumpla con los principios de celeridad, imparcialidad e independencia en la atención de los asuntos sometidos a su potestad, resulta necesario modificar la competencia territorial”, dicta el acuerdo 21/2020, aprobado por el Pleno del TSA el pasado 20 de octubre en sesión administrativa.

Este cambio de competencia territorial permitirá equilibrar las cargas de trabajo de los tres TUA mencionados, lo que contribuirá al cumplimiento del principio de justicia pronta que establece el artículo 17 constitucional.

De acuerdo con estadísticas de la Secretaría General de Acuerdos del TSA al 30 de septiembre, el TUA 8 tenía 300 asuntos en trámite, mientras que el TUA 9 sumaba 2 mil 29 y el TUA 10 otros mil 678. Esto ubica a los TUA 9 y TUA 10 como el primero y tercero con mayor carga de trabajo a nivel nacional, respectivamente.

Mientras que los cinco municipios mexiquenses que cambian de competencia territorial suman 723 asuntos en trámite. De esta forma, a partir del primer día de noviembre, que entra en vigencia este acuerdo, el TUA tendrá mil 23 asuntos en trámite, el TUA 9 mil 622 y el TUA 10 mil 362.

Los TUA 9 y TUA 10 contarán con 15 días hábiles, a partir del 1º de noviembre, para remitir al TUA 8 los expedientes de los 5 municipios mencionados, mientras que el TUA de la Ciudad de México deberá emitir los acuerdos a efecto de respetar los plazos y términos que se hayan otorgado, los derechos de las partes sobre las cuestiones procesales y reprogramar las audiencias o diligencias que correspondan.