
-
El Tribunal Superior Agrario valora y favorece el derecho de todas y todos los ciudadanos para garantizar sus derechos y está comprometido con la transparencia, acceso a la información pública y la rendición de cuentas.
-
Durante el presente año 2024 el Tribunal Superior Agrario ha recibido un total de 521 solicitudes de información, las cuales ha atendido debidamente, y en los casos de inconformidades por parte de los solicitantes ha dado cumplimiento a las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Ciudad de México, 2 de septiembre de 2024
Las y los servidores públicos que integran los Tribunales Agrarios estamos completamente comprometidos en materia de transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas, no sólo por su naturaleza de órgano de procuración de justicia y respeto a las leyes que emanan de la Constitución, sino también como parte de una política institucional que valora y favorece el derecho de todas y todos los ciudadanos, entre ellos el del “derecho a saber”.
Durante el presente año 2024 el Tribunal Superior Agrario ha recibido un total de 521 solicitudes de información por parte de la ciudadanía sobre materias diversas como administración, resoluciones, presupuesto y resultados de sus trabajos, en las cuales se ha otorgado, prevaleciendo el principio constitucional de máxima publicidad, toda la información que se encuentra en los archivos del Tribunal, en los casos en los que los solicitantes se han inconformado por la respuesta, se ha garantizado y apoyado su derecho a presentar los recursos de revisión ante el INAI, y en todos los casos se ha dado cumplimiento total a cada una de sus resoluciones respondiendo en tiempo y forma.
Recientemente el Pleno del INAI dictó resolución mediante la cual declaró fundado el agravio planteado por un solicitante, respecto del recurso de revisión RRA 10106/24, relativo a “Las observaciones del Órgano Interno de Control (OIC) a las actas de entrega recepción de servidores públicos presentadas en marzo y abril de 2024” (sic) y determinó modificar la respuesta emitida por el Tribunal Superior Agrario, ya que consideró que la información proveída al solicitante estaba incompleta. Además, instruyó al sujeto obligado para que, en un término no mayor de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de su notificación, cumpla con la presente resolución, y para que en el término de 3 días posteriores informe a este Instituto sobre su cumplimiento.
Derivado de lo anterior, se informa que el Órgano Interno de Control del Tribunal Superior Agrario ha dado cabal cumplimiento a dicha resolución con la información que se encuentra en sus archivos, previamente entregada, además de las consideraciones de la Secretaría de la Función Pública (SFP) sobre las Actas Administrativas de Entrega-Recepción Individual que se realizaron a través del Sistema de Entrega-Recepción y Rendición de Cuentas (SERC), sistema informático administrado por esa dependencia.
Reiteramos que el Órgano Interno de Control del Tribunal Superior Agrario, como cualquier institución, debe transparentar sus acciones y conducirse en estricto apego a derecho para el mejor y pleno funcionamiento de las instituciones públicas, y en los casos en que no se cumpla existen las normas y procedimientos para hacer las denuncias correspondientes, en ese sentido como institución seguiremos actuando conforme a las normas que nos regulan, a nuestra visión de apertura y al impulso a la transparencia y la rendición de cuentas.
(X) Twitter.com/TAgrarios | Facebook.com/TribunalesAgrariosOficial | YouTube.com/TribunalesAgrariosOficial
Spotify.com/TAgrarios | Instagram.com/TAgrarios